viernes, 20 de abril de 2018

1.-Protección de dispositivos y de contenido digital



Los Centros Educativos como agentes educativos deben utilizar las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) para formar y preparar al alumnado, por lo que debemos estar abiertos a los avances que se produzcan en la sociedad, para introducirlos a las necesidades de los alumnos.

En el Decreto 89/2014 de 24 de Julio por el que se establece para la Comunidad de Madrid el Currículo de la Educación Primaria, en su artículo 5, hace referencia a las competencias que debemos potenciar en nuestro alumnado y entre ellas la Competencia Digital.

Para introducir a nuestro alumnado en el uso correcto y seguro de las TIC, como docentes también tenemos que estar formados,pues la filosofía del trabajo por competencias conlleva un cambio metodológico en nuestra práctica diaria, por ello, para concienciarnos de la importancia de la protección de dispositivos y de contenido digital, inicio esta primera entrada del blog:

Riesgos a los que nos exponemos

A continuación destaco los principales riesgos a los que nos exponemos en el caso de que se haga efectiva alguna amenaza en nuestros dispositivos móviles, tabletas, portátiles, sobremesas..(estas amenazas las explicaré en la segunda entrada del blog):

* Pérdidas de confidencialidad

Todos almacenamos en nuestros dispositivos información a la que podemos catalogar como confidencial, fotos, datos, contactos, etc y también a través de nuestros dispositivos se puede extraer cierta información como la geolocalización (nuestra ubicación física) o imágenes que pueden ser recogidas a través de las cámaras incorporadas en los dispositivos. Sólo el propietario del dispositivo tiene permisos para acceder a esta información, sin embargo, si nuestro dispositivo se ve afectado por ciertos ciberataques, esta información puede ser leída y/o manipulada por terceras personas que hayan conseguido tener acceso al mismo.

*Pérdidas económicas

Directa o indirectamente tanto nuestros dispositivos, como los datos que ellos contienen, tienen un valor económico por lo que,si sufrimos la pérdida de cualquiera de ellos, tendremos que invertir una cuantía económica para recuperarlos o reemplazarlos. En el caso de los datos, puede darse la casuística de no poder acceder de nuevo a esta información y que esta conlleve una pérdida económica. También es posible que los cibercriminales tengan acceso a nuestros datos bancarios y realicen compras o trasferencias con nuestros ahorros. No debemos olvidarnos de los servicios que tienen un coste, como suscripciones, complementos o mejoras, por ejemplo en videojuegos, a los que a veces accedemos de forma no consciente y voluntaria.

* Pérdidas de datos

Como hemos visto hasta ahora, son multitud los datos que almacenamos en nuestros dispositivos, si nos paramos un momento a pensar nos daremos cuenta que guardamos más información de la que somos conscientes y,en muchas ocasiones, no tenemos copia de la misma en ningún otro medio. Por este motivo, en caso de que nuestros dispositivos se vean afectados por amenazas que nos imposibiliten acceder a los datos, los habremos perdido para siempre.

* Daños a la reputación

Cuando almacenamos datos de carácter confidencial o privados en nuestros dispositivos y un ciberdelincuente consigue tener acceso a ellos, puede utilizar esta información en nuestra contra, para efectuar daños personales que pueden afectar a nuestros sentimientos o tener una repercusión no deseada en nuestro entorno social. También podemos ser víctimas de una suplantación de identidad, y que se realicen, por ejemplo, delitos en nuestro nombre.

*Implicaciones para los entornos profesionales

En el entorno educativo, tanto docentes como alumnos pueden disponer de dispositivos necesarios en su día a día en los que se almacene información sensible y personal tanto del centro como de los alumnos, como pueden ser datos académicos. rutinas de los alumnos, datos médicos, información psicopedagógica, sin olvidarnos de las fotografías.

Tratar esta información de forma adecuada se convierte en un objetivo de una importancia primordial. Debido a que un tratamiento inadecuado de la información del alumnado en esta fase de su vida, en la que todavía se están formando, puede acabar afectando al desarrollo de su personalidad en esta etapa y en etapas posteriores de sus vidas.

Por ejemplo, si se difunde una información sensible de un menor o su familia, además del problema que se le causa respecto a su pérdida de privacidad, otras personas podrían emplear esa información en su contra dañando su reputación o incluso  utilizándola para realizar ciberacoso.

¿Existen implicaciones legales?

Los Centros Educativos necesitan tratar información personal del alumnado para ejercer las funciones que tienen encomendadas. Los colegios, ya sean públicos, concertados o privados, tienen la obligación de cumplir lo dispuesto en la LOPD.

El tratamientos de los datos de carácter personal requiere de la implementación de medidas que conllevan un nivel de seguridad calificado como "alto", por lo tanto, desarrollar una estrategia para el adecuado tratamiento de la información, deberá contemplar las medidas técnicas y organizativas necesarias para la protección de los dispositivos e infraestructuras TIC del centro. De no ser así, el centro educativo podría incumplir lo dispuesto en la LOPD, cometiendo algún tipo de infracción y enfrentándose a su correspondiente sanción.

En los Artículos 80 y 81 del Real Decreto 1720/2007 de 21 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal quedan recogidos los niveles de seguridad  y la aplicación de estos niveles de seguridad. En el siguiente enlace podemos consultar la normativa vigente, aunque el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)  entra en vigor el de 25 de Mayo de 2018.



https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-979






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